“En la guerra y en el amor, todo vale”. Este refrán repetido y transmitido de generación en generación ha seguido sobreviviendo a pesar de lo peligroso de su mensaje. Es un reflejo de la condición del ser humano, quien llevado por sus más altas pasiones es capaz de todo. Los límites y fronteras, tanto éticas como morales, son relegadas a un segundo plano en frente del objetivo final. Actualmente, sabemos que en el caso del amor, no todo vale. En el apartado de las relaciones sentimentales, tenemos todos claro que  el consentimiento, la libertad individual y la igualdad marcan los límites de lo aceptable y que debemos estar protegidos de aquellos que los rebasen.

Todos estos avances no han sido únicamente la evolución del marco social. Cada uno de los límites que existen a día de hoy han sido plasmados en las constituciones, códigos civiles y penales de los países. Por ese motivo, todo ciudadano es consciente de lo que puede y lo que no puede hacer. Entonces, volviendo al tema que nos ocupa, ¿son los Estados conscientes de las restricciones que tienen sus comportamientos? ¿Están las acciones de los Estados tipificadas en leyes que están obligadas a cumplir? ¿Qué sucede si los Estados violan dichas leyes? Todas estas preguntas son centrales para estudiar la geopolítica de los Estados en un mundo cada vez más hostil. Sin embargo, en este artículo nos centraremos únicamente en analizar el derecho internacional que regula las guerras y comprobar si de verdad todo vale.

Ley de la guerra


Históricamente, el uso de la fuerza era reconocido como un derecho que todo Estado independiente tenía y donde el derecho internacional no pintaba nada. Sin embargo, durante los siglos diecinueve y veinte se llevaron a cabo diversos intentos fallidos de codificar la guerra. Lamentablemente, hizo falta que fallecieran 80 millones de personas en la Segunda Guerra Mundial para que la comunidad internacional estableciera la prohibición formal de la guerra. Esto queda recogido en la Carta de las Naciones Unidas de 1945, documento firmado y ratificado por absolutamente todos los países del mundo, 193 para ser exactos: «Los Miembros de la Organización se abstendrán en sus relaciones internacionales de recurrir a la amenaza o al uso de la fuerza contra la integridad territorial o la independencia política de cualquier Estado” (Artículo 2.4). Asimismo, en 1948 se aprobó la Declaración de Derechos Humanos, que aun no siendo vinculante, ha servido de base para futuros acuerdos que protegen la integridad humana de manera universal o, lo que es lo mismo, en todos los contextos y territorios del globo.

Palacio de la Paz de La Haya, sede de la Corte Internacional de Justicia. Fuente: DW


Por otro lado, y de manera paralela, se desarrolló el Derecho Internacional Humanitario, cuyo objetivo es claro: limitar los efectos de la guerra. Es decir, este conjunto de normas no busca frenar el estallido de guerras, sino que, una vez empezadas, servir como normas que regulen las acciones tomadas durante el conflicto. Este derecho se puede dividir en el Derecho de Ginebra, que protege a las personas, y el Derecho de La Haya, que regula cómo se combate. En primer lugar, las cuatro convenciones de Ginebra y sus protocolos adicionales establecen el nacimiento de la Cruz Roja y la protección de los heridos en combate, náufragos y prisioneros de guerra. A partir de ese momento, se puede afirmar que toda persona que no está combatiendo de forma activa debe ser tratada con dignidad y puede ser herida. En segundo lugar, y de carácter un poco más técnico, las convenciones de La Haya regulan el uso de armas y tácticas militares; bombardeos, ataques a objetivos militares, prohibición de ciertos armamentos; además de reglas sobre ocupación militar y conducción de hostilidades. Por tanto, se puede afirmar sin miedo al error que en la guerra no todo vale.

Excepciones


Al igual que hemos visto que la Carta de las Naciones Unidas prohíbe el uso de la fuerza, en los artículos 42 y 51 del mismo documento se permiten dos excepciones. La primera de ellas es que el Consejo de Seguridad, poder ejecutivo de las Naciones Unidas compuesto por diez miembros rotativos y cinco permanentes con poder de veto (Estados Unidos, China, Rusia, Francia y Reino Unido), tienen la potestad de tomar acción para restaurar o mantener la paz internacional. ¿Qué significa esta palabrería? El Consejo de Seguridad puede aprobar el uso legítimo de la fuerza (aun estando prohibido) siempre que se llegue a un acuerdo en su seno: mayoría de 9 votos y los votos afirmativos de los 5 miembros permanentes. ¿Y esto por qué es importante? Porque las decisiones que toma el Consejo son vinculantes para los 193 países, o mejor dicho, tienen que ser obedecidas por todo el mundo.
 

Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas. Fuente: DW

La segunda excepción es la más controvertida de todas: el derecho a la defensa propia, que se recoge en el artículo 51. De acuerdo a esto, los Estados pueden responder de manera legítima empleando la fuerza armada a un ataque recibido de la misma magnitud. Ahora bien, como ya hemos visto antes, ¿pueden los dirigentes políticos y ejércitos dejarse llevar por el sentimiento de venganza y hacer lo que quieran en su respuesta? No, pues existe el Derecho Internacional Humanitario. Además de proteger a las personas y regular los medios de la guerra, también establece unos principios claros que son independientes a la naturaleza del conflicto: distinción, proporcionalidad y precaución. Esto quiere decir que, independientemente de que estés empleando la fuerza legítima en defensa propia, siempre tienes que atacar distinguiendo combatientes de civiles, de manera proporcional a los ataques recibidos y avisando de tus acciones si estas perjudican a civiles.

Incoherencias 


Volviendo al refranero español, “hecha la ley, hecha la trampa”, y el derecho internacional no es ajeno a ello. Qué mejor manera de ilustrarlo que con un ejemplo: Gaza. Simplificando mucho el conflicto y obviando matices importantes, el 7 de octubre de 2023, Hamás, grupo armado palestino, llevó a cabo un ataque atroz contra la población israelí. A partir de ahí, el gobierno de Israel ocupó la franja de Gaza en legítima defensa en respuesta al atentado. Teniendo en cuenta todo lo explicado en las secciones anteriores, este uso de la fuerza estaría justificado. No obstante, como también hemos visto, esta acción se debe ajustar a los principios del Derecho Internacional Humanitario. ¿Ha distinguido el ejército israelí entre población militar y población civil? ¿La aniquilación del territorio gazatí y la expulsión de sus habitantes es proporcional al ataque que recibió? ¿Avisa en tiempo y forma de los bombardeos que realiza para evitar bajas civiles? Que cada uno saque sus conclusiones.

Resultados de los bombardeos israelís en la franja de Gaza. Fuente: UN News


Pero entonces, si estas acciones son ilegales e Israel y su líder, Benjamin Netanyahu, están rompiendo el derecho internacional, ¿por qué no son juzgados y castigados por ello? Las autoridades competentes son la Corte Internacional de Justicia y la Corte Penal Internacional. La primera de ellas se enfoca en conflictos entre Estados, mientras que la segunda se centra en las personas físicas y en los crímenes de guerra donde también se incluye el genocidio. ¿Cuál es el problema entonces? El de siempre. Los Estados que son suficientemente poderosos tienen la capacidad de imponer sus intereses sobre las normas internacionales. En el caso del Estado de Israel, el apoyo incondicional de Estados Unidos le ofrece una posición de inmunidad frente a la Corte Internacional de Justicia, quien necesita del resto de naciones para ejecutar sus juicios. Si nos fijamos en la Corte Penal Internacional, el caso es aún más esperpéntico ya que ni Israel ni EE. UU. ratificaron sus estatutos, lo que significa que ni siquiera pueden ser juzgados. En consecuencia, si los intereses de los países siguen siendo lo que más poder tiene, ¿de qué sirve el derecho internacional? ¿Volvemos a la época pre-Segunda Guerra Mundial donde todo vale?

La ley del más fuerte sigue imperando


La guerra, decía Schmitt, es el momento donde el derecho se suspende y donde el soberano muestra su verdadera cara. A lo largo de la historia, hemos visto cómo la guerra era un medio más donde la única intención era destruir al rival y donde las torturas y ejecuciones sumarias eran la tónica habitual. Hoy, al igual que sabemos que abusar de tu pareja no es amor, también sabemos que existen principios y normas que todo individuo debe respetar. No son restricciones, sino la manifestación del deseo de imponer humanidad y dignidad en el mayor de los horrores.

No obstante, lo que vemos es que dichas normas solo se aplican a los países más pobres. Que algunos las respetan y hacen uso de ellas cuando les interesa, mientras que se hacen oídos sordos cuando sus amiguetes están metidos en el ajo. La pregunta es, ¿el derecho internacional de verdad merece la pena? Sí. El problema no es el derecho internacional, sino los mecanismos que necesita para aplicar sus normativas. La gran asimetría que existe entre poderosos y débiles donde unos callan mientras que otros sufren. Ahora, sabemos que en la guerra no todo vale. Lo sabemos por el simple hecho de ser humanos. Nuestra condición natural no es la de matar ni destruir, sino la de crear y proteger. Por eso, es necesario que las normas internacionales que así lo reflejan sean respetadas por todos y si no es así, luchar porque así sea.  

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por Abel Gómez Arévalo

Estudios Internacionales y Ciencias Políticas en la UC3M. Apasionado por la geopolítica, analizo el mundo a través de sus conflictos, alianzas y transformaciones. Siempre en busca de entender el poder detrás del mapa.

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